CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS:
1 INTERPRETACIÓN
1.1 Definiciones:
"Día hábil" un día que no sea sábado, domingo o festivo en Inglaterra, en el que los bancos de Londres están abiertos al público.
"Cargos" los cargos a pagar por el Cliente por la prestación de los Servicios por parte de SF de conformidad con la cláusula 7.
"Condiciones" las presentes condiciones.
"Contrato" el contrato entre el Cliente y SF para la prestación de los Servicios de conformidad con las presentes Condiciones.
"Control" tiene el significado que se le da en la sección 1124 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades de 2010, y la expresión cambio de control se interpretará en consecuencia.
"Materiales del Cliente" todos los materiales, documentación, especificaciones y datos suministrados por el Cliente a SF.
"Entregables" todos los documentos, productos y materiales desarrollados por SF o sus agentes, subcontratistas y personal como parte de o en relación con los Servicios en cualquier forma, incluyendo sin limitación programas informáticos, datos, informes y especificaciones (incluyendo borradores).
"Derechos de propiedad intelectual" patentes, derechos sobre invenciones, derechos de autor y derechos afines, derechos morales, marcas, nombres comerciales y nombres de dominio, derechos de imagen, fondo de comercio y derecho a demandar por usurpación de marca, derechos sobre diseños, derechos sobre bases de datos, derechos de uso y protección de la confidencialidad de la información confidencial (incluidos los conocimientos técnicos) y todos los demás derechos de propiedad intelectual, en cada caso, tanto si están registrados como si no lo están, e incluidas todas las solicitudes y derechos de solicitud y concesión, renovaciones o prórrogas de dichos derechos y los derechos de reivindicación de prioridad de los mismos, así como todos los derechos o formas de protección similares o equivalentes que subsistan o vayan a subsistir actualmente o en el futuro en cualquier parte del mundo.
"Directrices del Logotipo" se refiere a las directrices de SF para el uso de los Logotipos de la Norma de Calidad SF, tal y como pueden ser modificadas por SF de vez en cuando y notificadas al Cliente.
"Pedido" se refiere al pedido de Servicios realizado por el Cliente a través del sitio web de SF.
"Servicios" los servicios, incluidos sin limitación cualesquiera Entregables, que debe prestar SF en virtud del Contrato, tal y como se describen en el Pedido.
"Fecha de Inicio de los Servicios" el día en que SF debe comenzar la prestación de los Servicios según lo acordado por las partes durante el proceso de Pedido.
"SF" significa Safeguarding Fundamentals Ltd, una empresa registrada en Inglaterra y Gales con el número de empresa 13599724, cuyo domicilio social se encuentra en The Mill House, Court Farm, Church Lane, Norton, Worcester, Worcestershire, WR5 2PS.
"DPI de SF" todos los Derechos de Propiedad Intelectual subsistentes en los Productos, excluidos los Logotipos de la Norma de Calidad SF y cualquier Material del Cliente incorporado en ellos.
"Logotipos de la Norma de Calidad SF" se refiere a las marcas registradas y a las solicitudes de marcas, así como a todas las marcas y logotipos no registrados, según lo notificado por SF al Cliente de vez en cuando por escrito.
1.2 Interpretación:
1.2.1 Una referencia a la legislación o a una disposición legislativa: (a) es una referencia a la misma en su forma enmendada, ampliada o promulgada de nuevo de vez en cuando; y (b) incluirá toda la legislación subordinada hecha de vez en cuando bajo esa legislación o disposición legislativa.
1.2.2 Cualquier palabra que siga a los términos incluyendo, incluye, en particular, por ejemplo o cualquier expresión similar se interpretará como ilustrativa y no limitará el sentido de las palabras, descripción, definición, frase o término que precedan a dichos términos.
1.2.3 La referencia a escrito incluye el correo electrónico, pero no el fax.
2 ENTRADA EN VIGOR Y DURACIÓN
2.1 El Pedido constituye una oferta por parte del Cliente para adquirir los Servicios de conformidad con las presentes Condiciones.
2.2 El Pedido sólo se considerará aceptado cuando el Proveedor emita por correo electrónico la aceptación por escrito del Pedido, momento y fecha en que comenzará a existir el Contrato ("Fecha de Inicio").
2.3 El Contrato comenzará en la Fecha de Inicio y continuará, a menos que se rescinda antes de conformidad con sus términos, hasta la última de las siguientes fechas:
2.3.1 la finalización de los Servicios; o
2.3.2 la expiración de cualquier licencia concedida por SF al Cliente para el uso por parte del Cliente de los Logotipos de la Norma de Calidad SF en virtud de la cláusula 6.2.
3 PRESTACIÓN DE SERVICIOS
3.1 SF prestará los Servicios al Cliente a partir de la Fecha de Inicio de los Servicios de conformidad con el Contrato.
3.2 Al prestar los Servicios, SF deberá:
3.2.1 prestar los Servicios con diligencia y destreza razonables;
3.2.2 se esforzará razonablemente por prestar los Servicios de acuerdo con la descripción del servicio aplicable;
3.2.3 garantizar que los Productos finales y todos los bienes, materiales, normas y técnicas utilizados en la prestación de los Servicios sean de calidad satisfactoria y aptos para su finalidad;
3.2.4 cumplir con todas las leyes, estatutos y reglamentos vigentes aplicables en cada momento, siempre y cuando SF no sea responsable en virtud del Contrato si, como resultado de dicho cumplimiento, incumple cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato; y
3.2.5 Cuidar razonablemente de todos los Materiales del Cliente que obren en su poder y ponerlos a disposición del Cliente para su recogida previa notificación y solicitud razonables, siempre y cuando SF pueda destruir los Materiales del Cliente si el Cliente no recoge los Materiales del Cliente en un plazo razonable tras la finalización del Contrato.
3.3 A pesar de que SF proporcionará asesoramiento general y apoyo al Cliente en la prestación de los Servicios, SF no está siendo contratada para, y no proporcionará, ningún asesoramiento sobre el cumplimiento por parte del Cliente de las leyes, estatutos, reglamentos, normas industriales o códigos de prácticas, de vez en cuando en vigor que sean aplicables al Cliente ("Leyes Aplicables"), ni SF proporcionará ninguna garantía u otra seguridad de que el negocio, las operaciones, los procesos o la documentación del Cliente cumplen con las Leyes Aplicables.
4 OBLIGACIONES DEL CLIENTE
4.1 El Cliente deberá:
4.1.1 cooperar con SF en todos los asuntos relacionados con los Servicios;
4.1.2 proporcionar a la SF, sus agentes, subcontratistas, consultores y empleados, de manera oportuna y sin cargo alguno, a los empleados, consultores, agentes y subcontratistas del Cliente, así como los datos que razonablemente requiera la SF; y
4.1.3 proporcionar, de manera oportuna, la información y documentación que SF pueda requerir razonablemente, incluyendo pero no limitado a revelar a SF todo el material que SF pueda requerir para su examen en la prestación de los Servicios, y garantizar que sea precisa y completa en todos los aspectos materiales.
4.2 Si el cumplimiento por parte de SF de sus obligaciones en virtud del Contrato se ve impedido o retrasado por cualquier acto u omisión del Cliente, sus agentes, subcontratistas, consultores o empleados, SF deberá:
4.2.1 no será responsable de los costes, gastos o pérdidas sufridos o incurridos por el Cliente que se deriven directa o indirectamente de dicha prevención o retraso;
4.2.2 tendrá derecho al pago de los Gastos a pesar de dicho impedimento o retraso; y
4.2.3 tendrá derecho a recuperar todos los costes, gastos o pérdidas adicionales que SF sufra o en los que incurra y que se deriven directa o indirectamente de dicha prevención o retraso.
5 PROTECCIÓN DE DATOS
5.1 En esta cláusula 5, los siguientes términos tienen el significado que se indica a continuación:
Propósitos acordados: significa el propósito de SF de suministrar y el Cliente de recibir Servicios y Productos según lo descrito en este Contrato.
Responsable del tratamiento, interesado, datos personales, violación de datos personales, tratamiento y medidas técnicas y organizativas apropiadas: tal como se definen en la legislación sobre protección de datos.
Revelador de datos: parte que revela Datos Personales Compartidos a la otra parte.
Legislación de protección de datos: significa: (a) en la medida en que se aplique el GDPR del Reino Unido, la legislación del Reino Unido o de una parte del Reino Unido que se relacione con la protección de Datos Personales; o (b) en la medida en que se aplique el GDPR de la UE, la legislación de la Unión Europea o de cualquier estado miembro de la Unión Europea a la que esté sujeto el Cliente o la SF, que se relacione con la protección de Datos Personales.
RGPD de la UE: el Reglamento General de Protección de Datos ((UE) 2016/679).
GDPR del Reino Unido: tiene el significado que se le da en la sección 3(10) (complementada por la sección 205(4)) de la Ley de Protección de Datos de 2018.
Destinatarios permitidos: las partes de este Contrato, los empleados de cada parte, cualquier tercero contratado para cumplir obligaciones relacionadas con este Contrato.
Datos Personales Compartidos: los Datos Personales que se compartirán entre las partes en virtud de la cláusula 5.2. Los Datos Personales Compartidos se limitarán a las siguientes categorías de información relevantes para las siguientes categorías de Sujetos de Datos: [INSERTAR].
5.2 Datos Personales Compartidos. Esta cláusula 5 establece el marco para el intercambio de Datos Personales entre las partes como Responsables del Tratamiento. Cada una de las partes reconoce que una de las partes (a la que se hace referencia en esta cláusula como el Divulgador de Datos) divulgará regularmente a la otra parte los Datos Personales Compartidos recopilados por el Divulgador de Datos para los Fines Acordados.
5.3 Efecto del incumplimiento de la legislación sobre protección de datos. Cada una de las partes cumplirá todas las obligaciones impuestas a un Responsable del Tratamiento en virtud de la Legislación sobre Protección de Datos, y cualquier incumplimiento sustancial de la Legislación sobre Protección de Datos por una de las partes, si no se subsana en el plazo de 30 días a partir de la notificación por escrito de la otra parte, dará motivo a la otra parte para resolver el presente Contrato con efecto inmediato.
5.4 Obligaciones particulares relativas al intercambio de datos. Cada una de las partes deberá:
5.4.1 asegurarse de que dispone de todos los avisos, consentimientos y bases legales necesarios para permitir la transferencia legal de los Datos Personales Compartidos a los Destinatarios Permitidos para los Fines Acordados;
5.4.2 proporcionar información completa a todo Sujeto cuyos Datos Personales puedan ser objeto de tratamiento en virtud del presente Contrato sobre la naturaleza de dicho tratamiento. Esto incluye notificar que, a la finalización de este Contrato, los Datos Personales relacionados con ellos pueden ser retenidos por o, según el caso, transferidos a uno o más de los Destinatarios Permitidos, sus sucesores y cesionarios;
5.4.3 procesar los Datos Personales Compartidos únicamente para los Fines Acordados;
5.4.4 no revelar ni permitir el acceso a los Datos Personales Compartidos a nadie que no sean los Destinatarios Permitidos;
5.4.5 garantizar que todos los Destinatarios autorizados estén sujetos a obligaciones contractuales por escrito relativas a los Datos personales compartidos (incluidas las obligaciones de confidencialidad) que no sean menos onerosas que las impuestas por el presente Contrato;
5.4.6 asegurarse de que dispone de las medidas técnicas y organizativas apropiadas para protegerse contra el tratamiento no autorizado o ilícito de Datos Personales y contra la pérdida o destrucción accidental de Datos Personales o los daños causados a los mismos.
5.4.7 no transferirá ningún Dato Personal recibido del Divulgador de Datos fuera del Reino Unido o del EEE a menos que el cedente garantice que (i) la transferencia se realiza a un país aprobado en virtud de la Legislación de Protección de Datos aplicable por proporcionar una protección adecuada; o (ii) existen salvaguardias adecuadas o normas corporativas vinculantes en vigor de conformidad con la Legislación de Protección de Datos aplicable; o (iii) el cedente cumple de otro modo sus obligaciones en virtud de la legislación aplicable sobre protección de datos, proporcionando un nivel adecuado de protección a los datos personales que se transfieren; o (iv) se aplica a la transferencia una de las excepciones para situaciones específicas previstas en la legislación aplicable sobre protección de datos.
5.5 Asistencia mutua. Cada parte asistirá a la otra en el cumplimiento de todos los requisitos aplicables de la legislación sobre protección de datos. En particular, cada una de las partes deberá:
5.5.1 consultará con la otra parte acerca de las notificaciones enviadas a los interesados en relación con los datos personales compartidos;
5.5.2 informar sin demora a la otra parte de la recepción de cualquier solicitud de derechos del interesado;
5.5.3 proporcionar a la otra parte asistencia razonable para cumplir con cualquier solicitud de derechos del interesado;
5.5.4 no revelará, divulgará, modificará, suprimirá o bloqueará ningún Dato Personal Compartido en respuesta a una solicitud de derechos del Interesado sin consultar previamente a la otra parte, siempre que sea posible;
5.5.5 asistir a la otra parte, a costa de la misma, en la respuesta a cualquier solicitud de un Sujeto de Datos y en garantizar el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de la Legislación de Protección de Datos con respecto a la seguridad, notificaciones de Violación de Datos Personales, evaluaciones de impacto de protección de datos y consultas con el Comisionado de Información u otros reguladores;
5.5.6 notificar a la otra parte sin demora indebida cualquier infracción de la legislación sobre protección de datos;
5.5.7 a petición por escrito del Divulgador de datos, eliminar o devolver los Datos personales compartidos y sus copias al Divulgador de datos a la finalización de este Contrato, a menos que la ley exija almacenar los Datos personales compartidos;
5.5.8 utilizar tecnología compatible para el tratamiento de los Datos Personales Compartidos a fin de garantizar que no se produzcan imprecisiones en las transferencias de Datos Personales;
5.5.9 mantener registros e información completos y precisos para demostrar su cumplimiento de esta cláusula 5; y
5.5.10 facilitar a la otra parte los datos de contacto de al menos un empleado como punto de contacto y responsable de todas las cuestiones derivadas de la legislación sobre protección de datos, incluida la formación conjunta del personal pertinente, los procedimientos a seguir en caso de violación de la seguridad de los datos y la revisión periódica del cumplimiento de la legislación sobre protección de datos por las partes.
6 PROPIEDAD INTELECTUAL
Logotipos de la Norma de Calidad SF
6.1 SF y conservará la propiedad de los Logotipos de las Normas de Calidad SF.
6.2 Si SF concede una licencia al Cliente para utilizar uno o más de los Logotipos de la Norma de Calidad SF tras la finalización de los Servicios, los Logotipos de la Norma de Calidad SF pertinentes sólo podrán utilizarse cumpliendo estrictamente las Directrices sobre logotipos.
6.3 Salvo lo descrito en la cláusula 6.4, cualquier permiso concedido por SF en virtud de la cláusula 6.2 está limitado en el tiempo a un período de [24] meses a cuya expiración dicho permiso cesará inmediatamente [a menos que se haya completado una auditoría de validación para prorrogar el permiso por un nuevo período de [24] meses].
6.4 En caso de que el Cliente abone los Cargos sobre la base de una suscripción mensual, cualquier licencia concedida en virtud de la cláusula 6.2 tendrá una duración limitada a un mes, pero dicha licencia se renovará automáticamente siempre que el Cliente abone los Cargos del mes siguiente por adelantado. Transcurridos 24 meses, la licencia no se renovará automáticamente a menos que [se haya completado una auditoría de validación].
6.5 Cualquier fondo de comercio derivado del uso por parte del Cliente de los Logotipos de la Norma de Calidad SF corresponderá a SF. SF podrá, en cualquier momento, solicitar un documento que confirme la cesión de dicho fondo de comercio y el Cliente deberá ejecutarlo inmediatamente.
6.6 El Cliente no utilizará en su negocio ninguna otra marca comercial que pueda inducir a confusión con los Logotipos de la Norma de Calidad SF y no utilizará los Logotipos de la Norma de Calidad SF ni ninguna palabra que pueda inducir a confusión con los Logotipos de la Norma de Calidad SF como, o como parte de, su nombre corporativo o comercial o como, o como parte de, cualquier nombre de dominio.
6.7 El Cliente no realizará, omitirá ni permitirá que se realice, ningún acto que debilite o pueda debilitar, dañar o ir en detrimento de los Logotipos de la Norma de Calidad SF o de la reputación o buena voluntad asociada con los Logotipos de la Norma de Calidad SF o SF, o que pueda invalidar o poner en peligro cualquier registro de los Logotipos de la Norma de Calidad SF.
6.8 El Cliente no solicitará ni obtendrá el registro de:
6.8.1 los logotipos de la Norma de Calidad SF para cualquier bien o servicio en cualquier país.
6.8.2 cualquier marca comercial o de servicio en cualquier país que consista en los Logotipos de la Norma de Calidad SF, los comprenda o sea similar a ellos hasta el punto de crear confusión.
6.9 El Cliente notificará inmediatamente a SF por escrito si tiene conocimiento de cualquier infracción real, sospecha o amenaza de infracción de los Logotipos de las Normas de Calidad de SF y no hará ninguna admisión relacionada con estos asuntos, salvo a SF, y proporcionará a SF toda la asistencia que pueda requerir razonablemente en la realización de cualquier reclamación o procedimiento.
6.10 El Cliente no cederá, transferirá, sublicenciará ni de ningún otro modo dispondrá de sus derechos en virtud del presente Contrato. En particular, el Cliente no autorizará a ningún tercero, lo que incluirá a cualquier filial o sociedad de cartera del Cliente, a utilizar los Logotipos de la Norma de Calidad SF.
6.11 El Cliente reconoce y acepta que SF puede rescindir la licencia del Cliente para utilizar los Logotipos de la Norma de Calidad SF si, en opinión razonable de SF, el Cliente no ha cumplido con estas Condiciones. En caso de que se rescindan los derechos de licencia del Cliente, éste dejará inmediatamente de utilizar los Logotipos de la Norma de Calidad SF de cualquier forma y en cualquier medio, incluyendo, entre otros, la eliminación inmediata de los Logotipos de la Norma de Calidad SF de su(s) sitio(s) web y de cualquier otra documentación a la que se haya aplicado en cualquier forma o medio.
Otros derechos de propiedad intelectual
6.12 SF y sus licenciantes conservarán la propiedad de los DPI de SF. El Cliente y sus licenciantes conservarán la propiedad de todos los Derechos de Propiedad Intelectual de los Materiales del Cliente.
6.13 SF concede al Cliente, o procurará que se conceda directamente al Cliente, una licencia totalmente pagada, mundial, no exclusiva, libre de regalías, para copiar los DPI de SF con el fin de recibir y utilizar los Servicios y los Productos en la empresa del Cliente durante la vigencia del Contrato.
6.14 El Cliente concede a SF una licencia totalmente pagada, mundial, no exclusiva, libre de regalías e intransferible para copiar y modificar los Materiales del Cliente durante la vigencia del Contrato con el fin de prestar los Servicios al Cliente de conformidad con el Contrato.
6.15 El Cliente deberá indemnizar a SF en su totalidad por cualquier suma concedida por un tribunal contra SF derivada de, o en relación con, cualquier reclamación presentada contra SF por infracción de los derechos de un tercero (incluyendo cualquier Derecho de Propiedad Intelectual) derivada de, o en relación con, la recepción o el uso de los Materiales del Cliente por parte de SF.
7 GASTOS Y PAGO
7.1 Como contraprestación por la prestación de los Servicios, el Cliente abonará a SF los Cargos, calculados de acuerdo con los precios expuestos en el sitio web del Proveedor, de conformidad con la presente cláusula 7.
7.2 Todos los importes pagaderos por el Cliente excluyen los importes relativos al impuesto sobre el valor añadido (IVA), que el Cliente deberá abonar adicionalmente a SF al tipo vigente (si procede), previa recepción de una factura válida del IVA.
7.3 SF presentará al Cliente facturas por los Cargos más el IVA, si procede, una vez finalizados los Servicios. SF determinará cuándo se han completado los Servicios, actuando razonablemente y de buena fe al tomar dicha determinación. Cada factura incluirá toda la información justificativa razonable requerida por el Cliente.
7.4 El Cliente pagará cada factura vencida y presentada por SF, dentro de los 30 días siguientes a su recepción, en una cuenta bancaria designada por escrito por SF.
7.5 Si el Cliente no efectúa cualquier pago debido a SF en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento para el pago, entonces, sin limitar los recursos de SF en virtud de la cláusula 9 (Rescisión):
7.5.1 el Cliente pagará intereses sobre la suma vencida desde la fecha de vencimiento hasta el pago de la suma vencida, ya sea antes o después de la sentencia. Los intereses en virtud de esta cláusula se devengarán cada día a 4% al año por encima del tipo básico del Banco de Inglaterra de cada momento, pero a 4% al año durante cualquier periodo en que dicho tipo básico sea inferior a 0%.
7.5.2 SF podrá suspender todos los Servicios y/o la licencia del Cliente para los Logotipos de la Norma de Calidad SF hasta que se haya efectuado el pago íntegro. En la medida en que el Cliente pague los Cargos mensualmente, SF podrá suspender la licencia del Cliente para utilizar los Logotipos de la Norma de Calidad SF en caso de que el Cliente no realice algún pago mensual en la fecha de vencimiento correspondiente.
7.6 Todos los importes adeudados por el Cliente a SF en virtud del Contrato se abonarán íntegramente sin compensación, reconvención, deducción o retención alguna (salvo las deducciones o retenciones de impuestos que exija la ley).
8 LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
8.1 Las referencias a la responsabilidad en esta cláusula 8 incluyen todo tipo de responsabilidad que surja en virtud del Contrato o en relación con el mismo, incluida, a título meramente enunciativo y no limitativo, la responsabilidad contractual, extracontractual (incluida la negligencia), por declaración falsa, restitución o de otro tipo.
8.2 Nada de lo dispuesto en esta cláusula 8 limitará las obligaciones de pago del Cliente en virtud del Contrato.
8.3 Nada de lo dispuesto en el Contrato limita cualquier responsabilidad que no pueda limitarse legalmente, incluida la responsabilidad por muerte o lesiones personales causadas por negligencia o la responsabilidad por fraude o tergiversación fraudulenta.
8.4 Con sujeción a las cláusulas 8.2 y 8.3, la responsabilidad total de SF ante el Cliente por cualquier otra pérdida o daño no excederá el importe de los Cargos pagados o pagaderos por el Cliente en virtud del Contrato.
8.5 Sin perjuicio de lo dispuesto en las cláusulas 8.2 y 8.3, esta cláusula 8.5 establece los tipos de pérdida que quedan totalmente excluidos:
8.5.1 lucro cesante;
8.5.2 pérdida de ventas o de negocio;
8.5.3 pérdida de acuerdos o contratos;
8.5.4 pérdida de ahorros previstos;
8.5.5 pérdida de uso o corrupción de software, datos o información;
8.5.6 pérdida o daño del fondo de comercio; y
8.5.7 pérdida indirecta o consecuente.
8.6 SF se ha comprometido en la cláusula 3 a que los Servicios cumplan las especificaciones pertinentes. En vista de estos compromisos, los términos implícitos en las secciones 3, 4 y 5 de la Ley de Suministro de Bienes y Servicios de 1982 quedan excluidos del Contrato en la medida en que lo permita la ley.
9 TERMINACIÓN
9.1 Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso de que disponga, cualquiera de las partes del Contrato podrá resolverlo con efecto inmediato mediante notificación por escrito a la otra parte si:
9.1.1 la otra parte comete un incumplimiento sustancial de cualquiera de las cláusulas del Contrato, incumplimiento que es irremediable o (si dicho incumplimiento es subsanable) no subsana dicho incumplimiento en un plazo de 14 días desde que se le notifique por escrito que debe hacerlo;
9.1.2 la otra parte adopte cualquier medida o acción en relación con su entrada en administración, liquidación provisional o cualquier convenio o acuerdo con sus acreedores (que no sea en relación con una reestructuración solvente), solicitando al tribunal u obteniendo una moratoria en virtud de la Parte A1 de la Ley de Insolvencia de 1986, siendo liquidada (ya sea voluntariamente o por orden del tribunal, a menos que sea a efectos de una reestructuración solvente), teniendo un administrador designado para cualquiera de sus activos o cesando en sus actividades o, si la medida o acción se adopta en otra jurisdicción, en relación con cualquier procedimiento análogo en la jurisdicción pertinente;
9.1.3 la otra parte suspenda, o amenace con suspender, o cese o amenace con cesar la totalidad o una parte sustancial de su actividad; o
9.1.4 la situación financiera de la otra parte se deteriora hasta tal punto que, en opinión razonable de la parte que rescinde el contrato, la capacidad de la otra parte para cumplir adecuadamente sus obligaciones en virtud del Contrato se ha puesto en peligro.
9.2 Sin perjuicio de cualquier otro derecho o recurso de que disponga, SF podrá rescindir el Contrato con efecto inmediato mediante notificación por escrito al Cliente si:
9.2.1 el Cliente no abona cualquier cantidad adeudada en virtud del Contrato en la fecha de vencimiento del pago; o
9.2.2 se produzca un cambio de control del Cliente.
9.3 En caso de rescisión del Contrato por cualquier motivo:
9.3.1 el Cliente pagará inmediatamente a SF todas las facturas pendientes de pago e intereses de SF y, con respecto a los Servicios suministrados pero para los que no se haya presentado ninguna factura, SF podrá presentar una factura, que será pagadera inmediatamente tras su recepción;
9.3.2 cualquier disposición del Contrato que, de forma expresa o implícita, esté destinada a entrar en vigor o continuar en vigor en el momento de la rescisión o expiración del Contrato o con posterioridad a la misma, permanecerá en pleno vigor y efecto; y
9.3.3 la resolución o expiración del Contrato no afectará a ninguno de los derechos, recursos, obligaciones o responsabilidades de las partes que se hayan devengado hasta la fecha de resolución o expiración, incluido el derecho a reclamar daños y perjuicios con respecto a cualquier incumplimiento del Contrato que existiera en la fecha de resolución o expiración o con anterioridad a la misma.
10 GENERALIDADES
10.1 Ninguna de las partes incumplirá el Contrato ni será responsable del retraso en el cumplimiento o incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato si dicho retraso o incumplimiento se debe a acontecimientos, circunstancias o causas que escapen a su control razonable.
10.2 El Cliente no cederá, transferirá, cargará, subcontratará, declarará en fideicomiso ni negociará de ninguna otra manera con ninguno o todos sus derechos y obligaciones en virtud del Contrato sin el consentimiento previo por escrito de SF. SF podrá en cualquier momento ceder, transferir, cobrar, subcontratar, declarar en fideicomiso o negociar de cualquier otra manera con todos o algunos de sus derechos en virtud del Contrato.
10.3 Confidencialidad:
10.3.1 Cada una de las partes se compromete a no revelar en ningún momento a ninguna persona ninguna información confidencial relativa al negocio, asuntos, clientes, clientes o proveedores de la otra parte, excepto en los casos permitidos por esta cláusula 10.3.
10.3.2 Cada parte podrá revelar la información confidencial de la otra parte: (a) a sus empleados, funcionarios, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores que necesiten conocer dicha información para cumplir con las obligaciones de la parte en virtud del Contrato. Cada una de las partes se asegurará de que sus empleados, directivos, representantes, contratistas, subcontratistas o asesores a los que revele la información confidencial de la otra parte cumplan lo dispuesto en la presente cláusula 10.3; y (b) según lo exija la ley, un tribunal de jurisdicción competente o cualquier autoridad gubernamental o reguladora.
10.3.3 Ninguna de las partes utilizará la información confidencial de la otra parte para fines distintos del cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.
10.4 Acuerdo completo:
10.4.1 El Contrato constituye el acuerdo íntegro entre las partes y sustituye y extingue todos los acuerdos, promesas, seguridades, garantías, representaciones y entendimientos anteriores entre ellas, ya sean escritos u orales, relativos a su objeto.
10.4.2 Cada una de las partes reconoce que, al celebrar el Contrato, no se basa en ninguna declaración, manifestación, seguridad o garantía (ya sea realizada de forma inocente o negligente) que no figure en el Contrato, y no tendrá derecho a reclamar por ello. Cada una de las partes acepta que no tendrá derecho a reclamar por declaración falsa inocente o negligente o por declaración falsa negligente basada en cualquier declaración del Contrato.
10.5 Ninguna modificación del Contrato surtirá efecto a menos que conste por escrito y esté firmada por las partes (o sus representantes autorizados).
10.6 Renuncia:
10.6.1 La renuncia a cualquier derecho o recurso en virtud del Contrato o de la ley sólo será efectiva si se hace por escrito y no se considerará una renuncia a cualquier derecho o recurso posterior.
10.6.2 El hecho de que una parte no ejerza o retrase el ejercicio de cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato o por la ley no constituirá una renuncia a ese u otro derecho o recurso, ni impedirá o restringirá el ejercicio posterior de ese u otro derecho o recurso. El ejercicio único o parcial de cualquier derecho o recurso previsto en el Contrato o por la ley no impedirá ni restringirá el ejercicio posterior de ese u otro derecho o recurso.
10.7 Si alguna disposición o disposición parcial del Contrato es o deviene inválida, ilegal o inaplicable, se considerará modificada en la medida mínima necesaria para hacerla válida, legal y aplicable. Si dicha modificación no fuera posible, la disposición o disposición parcial en cuestión se considerará suprimida. Cualquier modificación o supresión de una disposición o disposición parcial en virtud de la presente cláusula 10.7 no afectará a la validez y aplicabilidad del resto del Contrato.
10.8 Notificaciones:
10.8.1 Cualquier notificación a una de las partes en virtud del Contrato o en relación con el mismo se realizará por escrito y será: (a) entregada en mano o por correo prepagado de primera clase u otro servicio de entrega al siguiente día hábil en su domicilio social; o (b) enviada por correo electrónico a la dirección especificada por las partes en cada momento.
10.8.2 Toda notificación se considerará recibida: (a) si se entrega en mano, en el momento en que se deje la notificación en la dirección adecuada; si se envía por correo de primera clase prepagado u otro servicio de entrega al siguiente día laborable, a las 9.00 horas del segundo Día laborable después del envío; o (c) si se envía por correo electrónico, en el momento de la transmisión o, si este momento cae fuera del horario laboral en el lugar de recepción, cuando se reanude el horario laboral. A los efectos de la presente cláusula, se entenderá por horario comercial el comprendido entre las 9.00 y las 17.00 horas de lunes a viernes de un día no festivo en el lugar de recepción.
10.8.3 Esta cláusula 10.8 no se aplica a la notificación de cualquier procedimiento u otros documentos en cualquier acción legal o, en su caso, cualquier arbitraje u otro método de resolución de conflictos.
10.9 El Contrato no da lugar a ningún derecho en virtud de la Ley de Contratos (Derechos de Terceros) de 1999 para hacer cumplir cualquier término del Contrato.
10.10 El Contrato, y cualquier disputa o reclamación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) que surjan de o en relación con el mismo o su objeto o formación, se regirán e interpretarán de conformidad con la legislación de Inglaterra y Gales.
10.11 Cada una de las partes acepta irrevocablemente que los tribunales de Inglaterra y Gales tendrán jurisdicción exclusiva para resolver cualquier disputa o reclamación (incluidas las disputas o reclamaciones no contractuales) que surja de o en relación con el Contrato o su objeto o formación.

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